Ayudas

18/05/2026

Ayudas a la creación y consolidación de empresas 2026

Plazo

Del  al .

Normativa

Observaciones

  • Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas de su petición.
  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2025 y el 30 de junio de 2026, en los conceptos recogidos en la convocatoria.
  • La fecha límite para la presentación de justificantes de pago de facturas será el 31 de julio de 2026

Acciones y gastos subvencionables

  • Los especificados en la base 3 de la convocatoria.
  • Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima admisible de 5.000€.
  • Subvención máxima del 50% con un límite de 10.000 €. por empresa beneficiaria y año.
  • La resolución de esta convocatoria se publicará en el Tablón digital municipal y en el Boletín del Territorio Histórico de Álava (BOTHA)Se abre en una nueva ventana.

Destinatarios

Empresas privadas (con menos de 50 personas asalariadas y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 10 millones de euros), que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan los requisitos de la convocatoria.

Agente

Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz

Importe

Subvención máxima del 50% con un límite de 10.000 €.

Plazo

Cerrada