Ayudas

26/06/2023

Mec 2023. Apoyo a la modernización de establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial.

Objeto

Impulsar la modernización y mejorar la eficiencia en el consumo energético en los establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial de la CAPV a través de la innovación; instauración de procesos con base tecnológica y eco-eficientes y;  mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamientos como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

Dotación presupuestaria

4.050.000

Inversiones subvencionables

1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial: Mejoras de la eficiencia en el consumo energético e inversiones dirigidas a la reforma y modernización de los establecimientos a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. Se subvencionarán las siguientes inversiones:
  • Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen del mismo.
  • Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
  • Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
  • Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
  • Adquisición, instalación y montaje de maquinaria (incluidos hornos eléctricos, cámaras frigoríficas) siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B, C) y mobiliario vinculado con la actividad principal comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial.
  • Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros y similares.
  • Mobiliario (incluidas las cámaras frigoríficas) destinado al almacenamiento de los productos. Las cámaras frigoríficas, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B, C)
  • Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
  • Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A,B,C)
  • Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial urbano, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de personas propietarias. Cada titular de los establecimientos comerciales integrados en el centro, copartícipe de la comunidad de personas propietarias, podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
  • Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones.
2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: Incorporación de equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos. Se subvencionarán las siguientes inversiones:
  • Equipos informáticos, aplicaciones informáticos y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Se debe aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada.
Se limitará la inversión en equipos informáticos y periféricos, subvencionándose como máximo uno de cada tipo por establecimiento comercial.
  • Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc…).
  • Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
  • Balanzas electrónicas de mercaderías.
  • Cajas registradoras.
  • Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).
Importe mínimo de inversión admitida (Sin IVA) por establecimiento comercial: • 3.000 euros para las inversiones recogidas en el punto 1: renovación de infraestructuras y equipamientos. • 1.000 euros para las inversiones recogidas en el punto 2: incorporación de nuevas tecnologías e innovación.

Destinatarios

Micro y pequeñas empresas conforme a lo establecido en la Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

Agente

Gobierno Vasco

Plazo

Quedan 2 días

Hasta el 30 septiembre 2023